En este enlace los proveedores del Ayuntamiento de Híjar pueden acceder al portal de FACe (Punto General de Entrada de Facturas de la Administración General del Estado) para poder presentar y tramitar las facturas de forma electrónica.

FACe (Portal General de Entrada de Facturas de la Administración General del Estado)

ENTIDAD – SIGLAS
CIF
ORGANO GESTOR (DIR3)
OFICINA CONTABLE (DIR 3)
UNIDAD TRAMITADORA
(DIR 3)
AYTO HIJAR – G4
P4412800G
L01441222
L01441222
L01441222

Manuales:

 

Como indica el artículo 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el sector público, todos los proveedores que hayan entregado bienes o prestado servicios a la Administración Pública podrán expedir y remitir factura electrónica.
En todo caso, estarán obligadas al uso de la factura electrónica y a su presentación a través del punto general de entrada que corresponda las entidades siguientes:
Sociedades anónimas; Sociedades de responsabilidad limitada; Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española; Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español en los términos que establece la normativa tributaria; Uniones temporales de empresas; Agrupación de interés económico, Agrupación de interés económico europea, Fondo de Pensiones, Fondo de capital riesgo, Fondo de inversiones, Fondo de utilización de activos, Fondo de regularización del mercado hipotecario, Fondo de titulización hipotecaria o Fondo de garantía de inversiones.
Como excepción a esta obligatoriedad, las Administraciones Públicas podrán excluir reglamentariamente de esta obligación de facturación electrónica a las facturas cuyo importe sea de hasta 5.000 euros y a las emitidas por los proveedores a los servicios en el exterior de las Administraciones Públicas hasta que dichas facturas puedan satisfacer los requerimientos para su presentación a través del Punto general de entrada de facturas electrónicas, de acuerdo con la valoración del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, y los servicios en el exterior dispongan de los medios y sistemas apropiados para su recepción en dichos servicios.